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6/21/2009

DENUNCIAN VIOLACION LEY ELECTORAL- SOLICITAN MEDIDA CAUTELAR CON HABILITACION DE DIA Y HORAS.

Sr. Juez Electoral:

ENRIQUE PONCE, en su carácter de apoderado de la alianza electoral “MAS VOCACION SANLUISEÑA”, en autos “ALIANZA ELECTORAL MAS VOCACION SANLUISEÑA s/ OFICIALIZACION DE LISTAS” ante V.S. comparezco y digo:
Que el artículo 64 quater, del Código Electoral Nacional establece que:
“Durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.
Queda prohibido durante los siete días anteriores a la fecha fijada para la celebración del comicio, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales.”
Por su parte, el artículo 133 bis del mismo cuerpo legal establece que “Los funcionarios públicos que autorizaren o consintieran la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición establecida en el artículo 64 quater, serán pasibles de inhabilitación de uno (1) a diez (10) años para el ejercicio de cargos públicos”.
Los siete (7) días previos a la fecha de la elección, implican que a partir de las 00:00 hora del día de la fecha (21 de junio) ya no se podía autorizar o consentir la publicidad de los actos de gobierno.
Sin embargo, como uno más de los actos de avallasamiento propios del oficialismo provincial, en el día de la fecha aparecen en el Diario de la República propiedad de la familia Rodríguez Saa un sinnúmero de anuncios todos ellos con la evidente intencionalidad de captar votos a favor de los candidatos del Gobernador Alberto Rodriguez Saa a cargos públicos nacionales, lo que por cierto se plasma también desde la portada del diario en el que sin ningún empacho se anuncia a media tapa y con fotografía de la candidata Nora Videla, “INVERTIRAN 94 MILLONES EN OBRAS PUBLICAS”.
Transitando el interior del ejemplar, además de los anuncios, se añaden fotografías en las que aparece el candidato a Diputado Nacional Cdor. Alberto Pérez, no obstante que dicho candidato no ocupa ningún cargo público en la actualidad, apareciendo de manera ostensible en esas tomas fotográficas en franca violación a la ley; acontece lo mismo con la candidata a Diputada Nacional Nora Videla.
Así, se puede ver en la página 3 en grandes letras de molde el anuncio de una inversión de 94 millones de pesos en obras públicas al mismo tiempo que se exhibe una fotografía del Gobernador firmando ante la presencia del candidato Alberto Pérez; se repite la cuestión en la página 4 en donde también se ilustra la nota con la fotografía de Pérez.
Por su parte también en la página 6 del diario obra una extensa nota en la que el propio Senador Adolfo Rodriguez Saa aparece junto a la otra candidata a Diputada Nacional Nora Videla promoviendo la realización de pavimento, un centro cívico, y un centro comercial en Juana Koslay.
En la página 9 se reitera la violación en tanto aparece la anunciación de una obra pública en Naschel donde otra vez aparecen en el escenario (lo que surge de la fotografía que obra anejada a la misma nota), esta vez el candidato a Diputado Nacional Sergio Pansa y –otra vez- el candidato Pérez.
Si se observa de manera integral las publicaciones realizadas en el día de la fecha se observa claramente que el propósito ha sido “pegar” los actos de gobierno del actuar Gobernador con los candidatos para de esta manera inducir en su favor la emisión del sufragio, propósito que además deliberadamente ha llevado a aglutinar la información hoy domingo pues es sabido que es la fecha que mayor tirada tiene el periódico de la familia Rodriguez Saá.
Por otra parte, queda claro que dichas publicaciones se encuentran realizadas con el consentimiento de los funcionarios públicos Alberto y Adolfo Rodríguez Saá pues el diario en cuestión es de su propiedad, principal órgano de difusión del oficialismo provincial.
Por lo expuesto, solicitamos como MEDIDA CAUTELAR se ordene el SECUESTRO inmediato de todos los ejemplares del DIARIO DE LA REPUBLICA que se encuentran en los respectivos puestos de ventas de toda la provincia, en el día de la fecha, ya que de no procederse de manera urgente a ejecutar esa medida, se estaría obteniendo precisamente el fin que la norma a querido prohibir, lesionando gravemente el derecho de igualdad de armas de todos los partidos que concurrirán al acto eleccionario, sumado por supuesto a la flagrante violación de la ley electoral citada en acápites anteriores. Ello así con mas Oficio de REQUERIMIENTO AL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA para que, por los conductos que correspondan, INFORME a ese Juzgado Electoral Nacional, acerca del nombre y apellido, función que desempeña y razón de los funcionarios integrantes del Poder Ejecutivo provincial, que hayan autorizado la publicación que aquí se denuncia, lesiva a la ALIANZA que representamos y al plexo legal electoral referido.
Los recaudos legales que autorizan la medida peticionada (verosimilitud del derecho y peligro en la demora) se encuentran ampliamente acreditados con solo contrastar la letra de la ley y las publicaciones que se han efectuado en el Diario de La República cuyo ejemplar se acompaña como prueba a la presente denuncia.
La medida se requiere con HABILITACION DE DIA Y HORAS ya que V.S. está obligado a hacer cesar los efectos de los delitos y a que estos no sean llevados a consecuencias ulteriores, así como a impedir la consumación del perjuicio. en consecuencia corresponde la ejecución inmediata de la medida.

Por todo ello PETICIONAMOS
1-Tenga por formulada denuncia por violación de los artículos 64 quater y 133 bis del Código Electoral Nacional.
2-Por acompañada prueba documental.
3-Ordene la medida cautelar y el requerimiento peticionados, oportunamente condene a los responsables por la comisión del delito electoral reprimido por el artículo 133 bis del Código Electoral Nacional.
PROVEER DE CONFORMIDAD,
SERA JUSTICIA

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